[Informe jurídico de Fray Gabriel Gómez de Losada en defensa de la procedencia del lugar que deben tener los Maestros de Justicia de Lectura, que son también Definidores, de la Orden de la Merced, tal y como dicen las Constituciones, en contra de lo que se acordó, tal y como dice el Acta, en el Capítulo General celebrado en Huete en 1648.]
Lugar y fecha: 1676. Madrid
Impreso: Impreso - [ Madrid: Imprenta Imperial, 1676]
Conservación: M. hs. sueltas, bordes envejecidos
Ilustración: Escudo en portada.
Lenguaje: Castellano
Localización: 22ff. [repite f. 21; f. 21(i.e.22)] [P.V. 14 - ff. 234-254v.] [f. detrás sin fol. en bl.]
Tamaño: 200x295mm.
Otros: Portada; Letra Capitular._x000d_
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Estructura:_x000d_
[Portada] [f. 234] [f. 234v. en bl.];_x000d_
"C[apítulo] I. Propuestas para este litigio." [ff. 235-236v.];_x000d_
"C[apítulo] II. Si el pleitear los maestros de Iusticia esta precedencia, sea conforme a razon y derecho; y el omitirla puede causar escrupulo." [ff. 236v.-237v.];_x000d_
"C[apítulo] III. Compruebase la doctrina precedente con algunos exemplares." [ff. 237v.-238];_x000d_
"C[apítulo] IV. Refierese el pleito que tuvo entre los R[everendisimos] P[adres] Maestros del Orden de Nuestro Padre San Agustin, en los Predicadores de su Magestad no Maestros." [ff. 238v.-239];_x000d_
"C[apítulo] V. Que no pudo el Capitulo General de Huete hazer el Acta en fauor de los predicadoresd de su Magestad contra los Maestros de Iusticia." [ff. 239v.-240];_x000d_
"C[apítulo] VI. Que quando la dicha Acta pudiera auer subsistido, esta ya abrogada y anulada." [ff. 240v.-241];_x000d_
"C[apítulo] VII. Que aunque la religion puede dar exempciones no con precedencia a los Maestros de Iusticia." [ff. 241-242v.];_x000d_
"C[apítulo] VIII. Exornase la doctrina del precedente con algunas instancias." [ff. 242v.-245];_x000d_
"C[apítulo] IX. Que aunque algunos han querido en la religion tener precedencia a los Maestros de Iusticia, no lo han podido conseguir." [f. 245-245v.];_x000d_
"C[apítulo] XII. Que la costumbre de tener la precedencia los maestros de Iusticia, haze ley inviolable en su fauor." [ff. 245v.-246];_x000d_
"C[apítulo] XIII. Que no ay titulo ni razon para que los Predicadores de su Magestad precedan a los Maestros de Iusticia." [ff. 246v.-247];_x000d_
"C[apítulo] XIV. Pruebase el mismo intento con otro argumento de la Religion." [f. 247-247v.];_x000d_
"C[apítulo] XV. Que el titulo de maestro de Iusticia es a quien se le debe la precedencia y no al de Predicador de su Magestad." [ff. 247v.-248v.];_x000d_
"C[apítulo] XVI. Que es contra Iusticia y buen govierno querer preceder los Predicadores de su Magestad a los Maestros que son juntamente difinidores." [ff. 248v.-249];_x000d_
"C[apítulo] XVII. Que los maestros mas antiguos deben preceder a los Predicadores de su Magestad por su antiguedad." [f. 249-249v.];_x000d_
"C[apítulo] XIX (sic). Satisface a la objeccion de los predicadores de su Magestad, que dizen auer tenido la possession en la precedencia." [ff. 250-251];_x000d_
"C[apítulo] XX. Que oy estan en la possession de la precedencia de los predicadores de su Magestad los Maestros de Iusticia mas antiguos, y que assi lo que debe declarar el Capitulo General." [ff. 251v.-252v.];_x000d_
"C[apítulo] XXI. Que si el difinitorio declara la precedneica en fauor de los Predicadores de su Magestad la debe tambien declarar en fauor de los Maestros, que tienen exempciones de Padres de Prouincia." [ff. 252v.-254];_x000d_
"C[apítulo] Ultimo. Em que se concluye la materia deste papel." [f. 254-254v.].
Título: [Informe jurídico de Fray Gabriel Gómez de Losada en defensa de la procedencia del lugar que deben tener los Maestros de Justicia de Lectura, que son también Definidores, de la Orden de la Merced, tal y como dicen las Constituciones, en contra de lo que se acordó, tal y como dice el Acta, en el Capítulo General celebrado en Huete en 1648.]
Signatura: A.U.S.A. - P.V. 14 - 19
Comienzo: "Reverendissimo Padre Maestro y Santo Difinitorio [...]"
Referencia:
Norma: 391.94658
Descripción: DESCRIPTORES DE PERSONA:_x000d_
GOMEZ DE LOSADA, Gabriel (O. de M.)/GONGORA, Juan de_x000d_
DESCRIPTORES DE LUGAR:_x000d_
HUETE (CUENCA)/MADRID (CIUDAD)_x000d_
DESCRIPTORES DE MATERIA:_x000d_
CAPITULO - 0503010101/DEFINIDORES - 050310203/MERCEDARIOS - 0503010315/ORDENANZAS Y ESTATUTOS - 02030104/RECURSOS - 0202010217_x000d_
