[Informe jurídico de Juan Manuel Ortega Vallejo, por la Villa de Reinosa y Real Merindad de Campoo, contra la acusación jurídica que el Prior del Convento de Nuestra Señora de las Caldas sacó a luz contra el Convento de Nuestra Señora de Montes Claros, acerca de la separación que el Definitorio Dominico realizó entre estos dos conventos.]_x000d_ _x000d_ [Acompaña:_x000d_ Informe juridico redactado por el Licenciado Don Juan Manuel de Ortega Vallejo donde se justifica que la Villa de Reinosa y la Real Merindad de Campoo defienden el derecho del Real Convento de Nuestra Señora de Montes Claros y su independencia y jurisdicción propia respecto del Convento de Nuestra Señora de las Caldas, situado en los lugares de Barros, Valle de Buelna y Montaña de Burgos, tal y como se obtuvo en el Santo Definitorio Dominico de la Provincia de España y Junta que se celebró el 26 de Febrero de 1725.]
Lugar y fecha: [17--]? Salamanca
Impreso: Impreso - Salamanca: Eugenio García de Honorato y San Miguel, [s.a.]
Conservación: B.
Ilustración: Virgen en Portada.
Lenguaje: Castellano
Localización: 32p.+25ff. [P.V. 9 - ffr. 104-144] [f. 144v. en bl.]
Tamaño: 210x205mm.
Otros: Portada; letra capitular; párr. num.: (1-160) + (1-102)_x000d_
_x000d_
Estructura:_x000d_
[Portada.][f. 104][f. 104v. en bl.]_x000d_
[Introducción.][ff. 105-105v.]_x000d_
"Discurso primero."[ff. 105v.-107v.];_x000d_
"Discurso Segundo."[ff. 107v.-109];_x000d_
"Discurso Tercero."[f. 109-113];_x000d_
"Discurso Quarto."[ff. 113-113v.];_x000d_
"Discurso Quinto."[ff. 114-115]._x000d_
"Discurso Sexto."[ff. 115v.-119];_x000d_
"Informe juridico [...]" [ff. 120-144]_x000d_
[Consta:]_x000d_
[Portada.] [f. 120] [f. 120v. en bl.];_x000d_
[Introducción.] [ff. 121-125];_x000d_
"Discurso primero. La donacion de Carlos II no se le concedio ni adquirio el Convento de las Caldas derecho de propiedad, ni usufructo, ni beneficio, ni rentas." [ff. 125-135v.];_x000d_
"Discurso Segundo. Que por la donacion del Il[ustrísi]mo S[eño]r Brizuela solo se le concedio una mera administracion, con obligacion de consumir todo su producto en beneficio de este convento." [ff. 135v.-138];_x000d_
"Discurso Tercero. Que la separacion hecha por el Santo Definitorio del Convento, de este convento de Montes Claros, fue justa y conforme a derecho." [ff. 138-144] [f. 144v. en bl.]
Título: [Informe jurídico de Juan Manuel Ortega Vallejo, por la Villa de Reinosa y Real Merindad de Campoo, contra la acusación jurídica que el Prior del Convento de Nuestra Señora de las Caldas sacó a luz contra el Convento de Nuestra Señora de Montes Claros, acerca de la separación que el Definitorio Dominico realizó entre estos dos conventos.]_x000d_
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[Acompaña:_x000d_
Informe juridico redactado por el Licenciado Don Juan Manuel de Ortega Vallejo donde se justifica que la Villa de Reinosa y la Real Merindad de Campoo defienden el derecho del Real Convento de Nuestra Señora de Montes Claros y su independencia y jurisdicción propia respecto del Convento de Nuestra Señora de las Caldas, situado en los lugares de Barros, Valle de Buelna y Montaña de Burgos, tal y como se obtuvo en el Santo Definitorio Dominico de la Provincia de España y Junta que se celebró el 26 de Febrero de 1725.]
Signatura: A.U.S.A. - P.V. 9 - 4
Comienzo: "Aunque consideramos superfluo tomar este empeño segunda vez, no impele [...]"
Referencia:
Norma: 2658.10875
Descripción: DESCRIPTORES DE PERSONA:_x000d_
CARLOS II, Rey de España/CONVENTO DE NUESTRA SEÑORA DE LAS CALDAS. REINOSA/CONVENTO DE NUESTRA SEÑORA DE MONTES CLAROS. REINOSA/GARCIA DE HONORATO Y SAN MIGUEL, Eugenio, impresor/ORTEGA VALLEJO, Juan Manuel_x000d_
DESCRIPTORES DE LUGAR:_x000d_
BARROS (SANTANDER)/BUELNA (VALLE)/CAMPOO (SANTANDER)/REINOSA (SANTANDER)/SALAMANCA (CIUDAD)_x000d_
DESCRIPTORES DE MATERIA:_x000d_
CONVENTOS Y MONASTERIOS - 05040208/DOMINICOS - 0503010310/FUNDACIONES Y LICENCIAS - 05040108/JURISDICCION ECLESIASTICA - 0202010104/PLEITOS - 090205_x000d_
