[Alegación jurídica donde se proponen algunas dudas por parte de Don Rodrigo de Mandiaa y Parga para justificar el auto en el artículo del pleito que litiga Don Martín de Ledesma y Herrera, Juez Escolástico de la Universidad de Salamanca, con Don Diego de Bricianos, Canónigo en la Iglesia-Catedral.]
Lugar y fecha: [163-. Salamanca]
Impreso: Impreso - [s.l.¿Salamanca?: s.i., s.a.]
Conservación: B.
Ilustración:
Lenguaje: Castellano
Localización: 8 p. [P.V. 5 - ff. 18-21v.]
Tamaño: 200x295mm.
Otros: Letra capitular. Notas impresas marginales: 1-46._x000d_
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Estructura:_x000d_
[Introducción. El Hecho." [f. 18-18v.]_x000d_
"Primero Dvbio. Dudase lo primero si no auiendo pagado el Canonigo Ioseph Sanchez, en su vida, la pension de los ducientos ducados, que à fauor de don Martin de Ledesma consintió, quedó extinta de manera que no se pueda, ni deba cobrar, ni pagar por el succesor en la prebenda." [ff. 18v-20]_x000d_
"Segundo Dvbio. Dudase lo segundo, si es valido el concierto, y conuenio que Don Antonio de Mercado, succesor en la prebenda del Canonigo Ioseph Sanchez, hizo con Don Martin de Ledesma, en que se obligó a pagar cierta cantidad de la pension reseruada por el dicho Canonigo Ioseph Sanchez, a fauor de dicho don Martin su sobrino, y si la possesion de diez y nueve años, en que se halla de cobrar dicha pension, en esta forma, produce algun derecho, que pueda prescribirse." [f. 20-20v.]_x000d_
"Tercero Dvbio. Dudase lo tercero, si por los diez y nueue años de possession pacifica, en que se halla don Martin de Ledesma perabiendo y cobrando esta pension tiene derecho para ser manutenido y amparado en ella." [ff. 20v.-21]_x000d_
"Quarto Dvbio. Esta duda quarta consiste en saber si don Martin de Ledesma, tiene derecho de executar al Canonigo don Diego de Brizianos, por mas pension, que la que deue del tiempo, que goza la prebenda y Canonicato desde el dia que percibe sus frutos, y tomó la possession; o si le podrá obligar â que satisfaga las pugas y decursas de tres años, que el Cabildo desta Santa Iglesia, estando vacante la prebenda, gozó sus emolumentos, y rentas sin que dellas se huuiessen cobrado, ni pedido las dichas decursas de pensión.] [f. 21-21v.]
Título: [Alegación jurídica donde se proponen algunas dudas por parte de Don Rodrigo de Mandiaa y Parga para justificar el auto en el artículo del pleito que litiga Don Martín de Ledesma y Herrera, Juez Escolástico de la Universidad de Salamanca, con Don Diego de Bricianos, Canónigo en la Iglesia-Catedral.]
Signatura: A.U.S.A. - P.V. 5 - 2
Comienzo: "Suponese por hecho llano y sin controuersia que el Licenciado Iosep Sanchez [...]"
Referencia:
Norma: 597.50442
Descripción: DESCRIPTORES DE PERSONA:_x000d_
BRICIANOS VICENTELO, Diego, Canónigo de Salamanca/LEDESMA Y HERRERA, Martín de, Maestrescuela de la Universidad de Salamanca/MANDIAA Y PARGA, Rodrigo de, Maestrescuela de la Universidad de Salamanca y Obispo de Siria/MERCADO, Antonio de/SANCHEZ, José, Canónigo de Salamanca_x000d_
DESCRIPTORES DE LUGAR:_x000d_
SALAMANCA (CIUDAD)_x000d_
DESCRIPTORES DE MATERIA:_x000d_
BENEFICIO ECLESIASTICO - 05040101/CABILDOS CATEDRALICIOS - 05040205/MAESTRESCUELAS - 06020303/PLEITOS - 090205/RACIONEROS - 0503020221/UNIVERSIDAD DE SALAMANCA - 0601020105_x000d_
