[Obra de Juan de Robles sobre la pobreza que abunda en los pueblos de España, el papel que ha tenido la limosna, y cuáles son su verdadero remedio.]
Lugar y fecha: 1545, Marzo, 20. Salamanca
Impreso: Impreso -[Salamanca: en casa de Juan de Junta, a veinte de marzo de 1545]
Conservación: B.
Ilustración:
Lenguaje: Castellano
Localización: 3 hs. + 90 p. [P.V. 49 - ff. 483-530v.]
Tamaño: Hs. en 4ª:145x195mm.
Otros: Inocmpleto al principio: falta portada._x000d_
Abundantes notas imp. marginales de ref. bibl._x000d_
Ded. a Felipe II._x000d_
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Estructura:_x000d_
[Dedicatoria] "Al muy alto y muy poderoso Principe de España, Don Phelipe Nuestro Señor. Fray Juan de Medina [...]" [ff. 483-485];_x000d_
"Primera Parte"[ff. 485v.-506]_x000d_
[Consta de:]_x000d_
"Ordenanzas de la institucion hecha para remedio de los verdaderos pobres Prologo, en el qual se ponen las razones que movieron para hacerse la dicha Institucion, en los pueblos donde se han comenzado. En el nombre y para gloria de la Santissima Trinidad, Padre e Hijo, y Espiritu Santo, y à honras è imitacion de la Gloriosa Virgen Maria, y de todos los Santos." [ff. 485v.-488];_x000d_
"Capitulo I. Que se tenga mucho cuydado, que ningun pobre verdadero tenga necessidad de andar publicamente mendigando, y que para esto se les dé lo que han menester en sus estancias, un dia para toda la semana, à razon de doce maravedis cada dia para un hombre, y diez para una muger, y seis para un mochacho, en caso que no le puedan ganar con su trabajo." [ff. 488492];_x000d_
"Capitulo II. Que ningun pobre aunque sea extrangero se excluya desta limosna: antes si viniese enfermo sea curado, hasta que sane. Y que el estrangero que quisiere vivir en el pueblo con la orden que en el esta dada, sea tratado como natural de él. Y el que passare de camino con tanta necessidad, que sino es fauorecido, no puede passar adelante, sea proueido luego en llegando, sin mas testigos de su pobreza, de sola su relacion, no sabiendose,o presuumiendose de lo contrario. Y que se pueda detener el tiempo que al Administrador que tiene cargo de los passageros pareciere que lo ha menester." [ff. 492-494v.];_x000d_
"Capitulo III. Que esta limosna no se de fuera de extrema o grave necessidad, a los que nos mostrarenque se confiessan y comulgan quando la Iglesia manda, ni a los que se sabe que notoriamente viven mal." [ff. 495-498v.];_x000d_
"Capitulo IV. Qe no se de limosna a gente ociosa y vagabunda qe pueda trabajar: antes estos deben ser por las Justicias corregidos, y compelidos a que trabajen, y ganen por sí de comer." [ff. 499-500];_x000d_
"Capítulo V. Que de lo que sobrare despues de remediados los que justamente mendigaban, y los passajeros, se provean los envergonzantes se gun la possibilidad de la limosna. Especialmente las personas pobres y enfermas, que ni se curan en Hospitales, ni en sus casas tienen con que poder curarse. Y que esta provision y limosna se haga sin assonadas, porque no se hagan pobres los que no lo son, y los que no lo son, no reciban afrenta en recebir. Y que los mochachos huerfanos y desamparados sean recogidos y doctrinados, hasta que sean puestos cada uno en el oficio a que mas se inclinare. Y los que murieren sin tener con que, sean decentemente enterrados, sean sepultados convenientemente, segun la calidad de cada uno." [ff. 500v.-502v.];_x000d_
"Capitulo VI. Que para hazer todas las obras pias susodichas haya dos maneras de recoger limosnas: una publica, la qual sea la quecada uno quisiere prometer, ó dar luego. Y que en esta (porque alguno no quieran dár mas de lo que pueden, niotros reciban afrentas para dar poco) ninguno pueda dar cada dia, mas da á razon de dos maravedis, dende abaxo lo que quisiere, hasta una blanca. Y porque esta limosna es voluntaria, quando alguno no quisiere dar mas, avise al receptor que no la quieredar dende adelante, y despues de esto no se le pida mas. La otra sea secreta, para la qual haya zepos publicos en algunas Iglesias: de manera que ninguno este lexos de alguno de ellos." [ff. 502v.-504];_x000d_
"Capitulo VII. Que para administrar este santo negocio, se elijan de medio en medio año personas sin necesidad, y de buena consciencia, por los estads del pueblo. Y que el dinero esté en poder de un solo receptor que ha de aver, y por sola su mano se reparta. Y que (por ser el negocio de muchoas menudencias) cada mes se tome en cuenta al receptor, estando presentes el Perlado y el Corregidor, ò quien ellos en su lugar nombraren. Y que para encaminar à los passajeros al lugar donde han de recebir su limosna y para ponerlos con amos, si quisieren quedar a seruir en el pueblo, y para estoruar que no pidanu (sic) los que son mantenidos en sus estancias, se ponga un Alguacil, o dos, con señales o recatones conocidos en las varas." [ff. 504-506];_x000d_
"Segunda Parte" [ff. 506-526v.]_x000d_
[Consta de:]_x000d_
"De los inconvenientes que algunos hallan en esta Santa Institucion" [ff. 506-507v.];_x000d_
"Del primero y principal argumento que contra esta SDanta Institucion se haze, diciendo que es nueva invecion" `ff. 507v.-510];_x000d_
"Del segundo argumento o inconveniente: que es que con esta orden que se toma se disminuyan las limosnas, y las que se dan no bastan para remedio de los pobres." [ff. 510-519v.];_x000d_
"Del tercer inconveniente: que es que quitando que no pidan pobres publicamente, se quiten muchas ocasiones de merecer, y muchas costumbres buenas del pueblo." [ff. 515-518v.];_x000d_
"Del quarto inconveniente, que es, que se quita a los pobres la libertad, sin culpa suya." [ff. 519-521];_x000d_
"Del quinto inconveniente, que es, que los pobres, que son proveidos de la limosna publica, son maltratados y mal poseidos, assi los naturales como los estrangeros." [ff. 521v.-526v.];_x000d_
"Tercera parte: de los proyectos manifiestos que desta Santa Institucion la experiencia ha mostrado, que se siguen." [ff. 526v.-530v.].
Título: [Obra de Juan de Robles sobre la pobreza que abunda en los pueblos de España, el papel que ha tenido la limosna, y cuáles son su verdadero remedio.]
Signatura: A.U.S.A. - P.V. 49 - 73
Comienzo: "El mes de noviembre proximo passado (quando estando en Valladolid bessé[...]"
Referencia: RUIZ FIDALGO - I, p. 347. ["Fray Juan [de Robles] de Medina, Abad del Monasterio de San Vicente de Salamanca de la Orden de San Benito. Triunfar de los vicios, y de los enemigos en la tierra, y reynar perpetuamente con el Rey de los Reyes en el cielo"]_x000d_
Norma: 505.65213
Descripción: DESCRIPTORES DE PERSONA:_x000d_
FELIPE II, Rey de España/JUNTA, Juan de, impresor/ROBLES, Juan de_x000d_
DESCRIPTORES DE LUGAR:_x000d_
SALAMANCA (CIUDAD)_x000d_
DESCRIPTORES DE MATERIA:_x000d_
ARBITRISMO - 010202/BENEFICENCIA - 080401/HACIENDA - 03/INCLUSAS Y HOSPICIOS - 080405/LIMOSNAS - 080406/SANIDAD Y ASISTENCIA - 0804_x000d_
